HONORARIOS DE LOS PROCEDIMIENTOS PENALES CON JUSTICIA GRATUITA.


Los peritos nombrados en procedimientos penales, con justicia gratuita o a requerimiento de la fiscalía, es muy probable que nunca cobren sus honorarios con la legislación actual.

Al igual que en el enjuiciamiento civil, es necesario que el estado disponga de sus servicios, previo aprovisionamiento de fondos y que pague cuando el perito haya terminado su encargo. Pero la legislación actual, permite designar un perito judicial en estos procedimientos y no pagar hasta que hay sentencia firme y se declara la insolvencia del condenado. Por supuesto si el condenado es solvente, el juzgado no siempre obliga al pago sino que deja al perito que reclame la deuda en procedimiento ordinario según la cuantía.
La liquidación de costas, la evaluación de solvencias y las sentencias firmes deben incluir los honorarios de los peritos e incrementar al condenado su condena devolviendo al estado el importe abonado al perito. De otra forma se está penalizando a los profesionales que, ignorando el procedimiento penal, asumen el cargo para el cual son designados.

Desde esta asociación se recomienda que no se debe asumir el cargo de perito en un
procedimiento penal si no se cuenta con el seguimiento del procedimiento sabiendo que es muy probable que nunca se cobren los honorarios, ni parte de los mismos, debido a la falta de accesibilidad y advertencia que se requiere por parte de los tribunales y órganos judiciales.

Es importante saber que si transcurren más de 4 años sin que el perito haya reclamado sus honorarios, esta deuda prescribe. Por ello una vez que haya sentencia firme, y pudiera disponerse de la certificación del secretario judicial y este lo certificara, habría prescrito por el tiempo transcurrido, sin que el perito pudiera reclamar sus honorarios nunca más. Para la tranquilidad de nuestros socios y todos aquellos peritos que colaboran con la sociedad, sabiendo la importancia que supone la prueba pericial para hacer justicia, informamos que el Estado dispone de peritos por oposición,

Dptos. De criminología de la Guardia Civil, policías autónomas y otros órganos con capacidad de realizar pruebas periciales y que tiene garantizado el cobro de sus honorarios pues el Estado paga sus nóminas para la realización de estos trabajos.

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