LA FIGURA DEL PERITO JUDICIAL EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


Aunque los peritajes judiciales en materia de prevención de riesgos laborales vienen haciéndose desde que este medio de prueba forma parte del ordenamiento jurídico procesal español, lo cierto es que no es hasta la promulgación de la actual Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y del Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, cuando, al crear y regular la figura del profesional experto en Prevención de Riesgos Laborales (el Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales) se dota de contenido a esta figura objeto de la presente obra.

Nace así, indirectamente, el profesional capacitado y con la formación adecuada para auxiliar a la Administración de Justicia en todos aquellos procesos en los que sea necesario dictaminar sobre circunstancias o hechos relacionados con la seguridad y salud laboral. Se trata de un profesional con unos conocimientos, no sólo técnicos, sino jurídicos, tanto desde el punto de vista preventivo como procesal, con experiencia en las materias objeto de la pericia, en el que convergen las características y condiciones necesarias para llevar a cabo esta labor.

Pero no es suficiente con la experiencia y conocimientos en prevención de riesgos laborales, sino que es precisa igualmente, una formación específica en el peritaje aplicado a las distintas disciplinas preventivas, así como en derecho procesal y en todos los aspectos relacionados con la emisión de dictámenes periciales.

La multitud de procesos judiciales que se sustancian en la actualidad, relacionados con la seguridad y salud en el trabajo (accidentes laborales, enfermedades profesionales, casos de acoso en el trabajo, etc.), hacen del perito judicial en prevención de riesgos laborales un profesional con un amplio campo de acción para desarrollar su actividad profesional en esta materia.
Desgraciadamente, las altas cifras de siniestralidad laboral sitúan al perito judicial en prevención de riesgos laborales en una situación óptima y con unas expectativas de ocupación más que halagüeñas para desarrollar su trabajo como tales. No se trata de  una actividad en exclusiva, sino de una actividad complementaria que puede generar al perito unos ingresos adicionales a tener en cuenta. Además, será su actividad principal como Auditor o Técnico en prevención de riesgos laborales la que le otorgue el prestigio, capacidad y posición para que sus servicios como perito sean más o menos demandados.

El profundo conocimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales a que nos ha llevado nuestra dilatada experiencia como auditores legales en esta materia, en unos casos, y como  perito judicial, en otros, es uno de los pilares fundamentales que nos ha permitido diseccionar los distintos ámbitos de la prevención para dar nuestra visión particular sobre cómo llevar a cabo la actividad de peritaje judicial en este campo profesional.

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