PREFERENCIA EN LISTADOS PARA DESIGNACIÓN JUDICIAL

EL TRIBUNAL SUPREMO RATIFICA NUEVAMENTE LA INEXISTENCIA DE PREFERENCIA DE LOSLISTADOS DE PERITOS PARA DESIGNACIÓN JUDICIAL DE LOS COLEGIOS FRENTE A LOS DE LAS ASOCIACIONES

El Tribunal Supremo en Auto dictado con fecha 15 de febrero de 2013 por la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha venido a confirmar la legalidad del Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial que modificó la Instrucción 5/2001, en la que se recoge un cambio de posición eliminando la supuesta preferencia de los listados colegiales.

Dicho Auto desestima el incidente de nulidad que el Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria promovió contra la Sentencia dictada por la misma Sección y Sala del Tribunal Supremo con fecha 26 de julio de 2012 en recurso contencioso-administrativo 510/2010, y condena en costas al citado Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, volviendo a declarar que los agentes de la propiedad inmobiliaria no ostentan en exclusiva la representación legal de los intereses concernidos por dicha actividad.

En ambos procedimientos se personó este Consejo General de Peritos Judiciales y colaboradores con la Administración de Justicia oponiéndose a las pretensiones del recurrente Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.
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